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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

C.C.P.

Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asumen:

La directora.

– El secretario.

– Cada uno de los coordinadores de ciclo.

– El representante del EOEP

Sus competencias son las siguientes:

 

a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa.

b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.

c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.

f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa.

g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con el Director.

Se reunirá los lunes, cada quince días.