C.C.P.
Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asumen:
– La directora.
– El secretario.
– Cada uno de los coordinadores de ciclo.
– El representante del EOEP
Sus competencias son las siguientes:
a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa.
b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa.
g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con el Director.
Se reunirá los lunes, cada quince días.